sábado, 20 de mayo de 2017

Jornada informativa de los representantes de la Agencia de Consumo y del Colegio de Abogados de Gijón.

MOMENTO DE LA REUNIÓN EN EL C.POLIVALENTE Fotos:Asociación Vecinal de Candás, viernes 19 de mayo de 2017

Hola buen día. Ayer viernes asistimos en el Polivalente a la jornada informativa convocada por el Ayuntamiento de Carreño y con la participación de los representantes de la Agencia de Consumo y del Colegio de Abogados de Gijón. El encuentro contó con una nutrida presencia de comunidades y vecinos víctimas del desfalco de comunidades en Candás.
La Jornada informativa trataba de "Orientaciones prácticas sobre el derecho a la asistencia jurídica gratuita: beneficiarios, prestaciones, cobertura y tramitación". La información no aporto soluciones a la problemática especifica de los afectados, frustrando sus expectativas y sobre todo la de las comunidades vecinales. Solo sirvió para fijar criterios sobre la gratuidad de la justicia.

PORTAVOZ DEL COLEGIO DE ABOGADOS:
Dada la situación del desfalco, la única vía posible para reclamar es la penal.
De la Asistencia Jurídica gratuita están excluidas las comunidades de propietarios.
 Pueden solicitarlo aquellos ciudadanos que, estando inmersos en cualquier tipo de procedimiento judicial o pretendiendo iniciarlo, carezcan de patrimonio suficiente para litigar.
 Se reconocerá el derecho de asistencia jurídica gratuita a aquellas personas físicas que careciendo de patrimonio suficiente cuenten con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen:
 Cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar. (En 2016 12.780,26 €)
 Cuando se trate de personas integradas en algunas de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros. (En 2016 15.975,33 €)
 Cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros. (En 2016 19.170,39 €)

PORTAVOZ DE LA AGENCIA DE CONSUMO:
 La Administración pública «poco puede ayudar debido al carácter particular de las reclamaciones».

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