miércoles, 14 de diciembre de 2011

Un juez anula el acuerdo de Cogersa para la construcción de la incineradora

.............INCINERADORA DE RESIDUOS Foto: Archivo A.VV. de Candás
El 26 de abril de 2010 el Consorcio de Gestión de Residuos S.A. (Cogersa) acordó iniciar los trámites para el proyecto, construcción y explotación de una incineradora. Tras años de debate, la medida salió adelante por 100 votos a favor y 12 en contra gracias a un acuerdo entre los representantes municipales de signo socialista y los del PP. La decisión tomada aquel día y todas las que se derivaron están fuera de la legalidad, según acaba de aclarar el magistrado-juez Juan Carlos García López, del contencioso-administrativo 1 de Oviedo, en una sentencia que estima un recurso planteado desde Los Verdes de Asturias.

El fallo indica que el Plan Básico de Gestión de Residuos (PBGR) aprobado por el Consejo de Gobierno en junio de 2001 es la norma superior que marca los objetivos y sistemas a utilizar en materia de tratamiento de basuras en la región. Cogersa sólo puede aplicar lo que ahí está recogido y está impedida a desarrollar métodos alternativos.

En este sentido el plan autonómico apuntaba como solución final para los desperdicios no recuperables su depósito en vertedero. El magistrado-juez entiende que si la región quiere ahora dotarse de una incineradora para cremar esta fracción de basura, la medida «debería constar de forma expresa en el plan», cosa que no ocurre. 

Los abogados de Cogersa opusieron que en realidad si se hace una lectura detenida del PBGR sí hay algunas menciones a la «valorización» como una de las soluciones para gestionar la basura. Dado que a la incineradora se la denomina en los pliegos administrativos como «planta de valorización energética», entendía esta parte que la solución sí contaba con el amparo del plan de residuos autonómico. 

El magistrado-juez rechaza tajantemente el argumento y lo hace citando los apartados concretos en los que el PBGR menciona la «valorización». Así, según la norma de rango superior en la materia apunta que la gestión de las basuras (que tiene delegada Cogersa) comprende «tanto la eliminación o destrucción de los residuos como la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización». Más adelante, a la hora de explicar en qué consiste esta «valorización», el plan autonómico la compara con sistemas de pirólisis, gasificación y plasma «e incluso las propias técnicas de reciclado también son técnicas de valorización». 

Estando el término «valorización» inscrito dentro de este campo semántico, entiende el magistrado-juez que «debemos desechar que el simple hecho de que se utilice el término 'valorización' ello pueda identificarse sin más con 'incineración'». «Si bien la incineración es una concreta técnica de 'valorización', ello no significa que sea la única», abunda el magistrado-juez.

Existe otro dato que respalda la idea de que el término «valorización» no se incluyó en el PBGR en el sentido de la cremación de residuos y es que, a la hora de reconocer la legislación estatal en la que se ha basado la redacción del plan autonómico, no se apunta a la normativa que ampare las emisiones y que es de obligado cumplimiento para las incineradoras. 

Por todo lo expuesto, el magistrado-juez concluye que en el PBGR «no se está contemplando el modelo de tratamiento de residuos por incineración y, entre tanto dicho plan no se vea modificado para que se opte por dicho sistema, no cabe que la actuación de Cogersa establezca una actuación a realizar apartándose de los términos que fija dicho plan». Cogersa tiene ahora quince días para recurrir la sentencia.

 
Ramón Muñiz. El Comercio.es
Recogido en prensa:

1 comentario:

Anónimo dijo...

Leyendo la sentencia, uno se entera, aunque nos lo imaginabamos, de la cantidad de falsedades y artimañas que la gerencia de cogersa y la presidencia (sr. Santiago Fernandez y exconsejero Buendia) cabilaron para meter a calzador un proyecto ilegal. Por que tanta molestia e infamia...tambien esto nos lo imaginamos. Y la pregunta es, si no se les exigiran reponsabilidades al gerente, por ejemplo su dimisión. O debemos exigir al nuevo gobierno regional que destituya al gerente...pues vaya desde aquí mi pequeña aportación, solicitando su destitución si es que no dimite, pues queda muy claro su incapacidad para dirigir la gestión de RSU así como para interpretar la legalidad en dicha gestión. Son muchos años de paralisis de Cogersa en cuanto a correcta gestión de los residuos y dilapidando fondos públicos. Y eso es muy inmoral. Y un gerente público, no puede ser inmoral.
Por otro lado, esta sentencia paraliza este proyecto, pero no elimina la posibilidad de futuros proyectos de incineración. Es decir, ahora (tambien antes) la dirección de Medio Ambiente debe redactar un nuevo plan regional de residuos y en el debe figurar, en el apartado Metodo de Tratamiento Elegido, el sistema eligido por los responsables de la redacción y ese sistema puede volver a ser la incineración. Por eso la presión social sobre la instalación de una incineradora no debe parar y ahora debemos exigir al nuevo director general (Foro) que excluya del futuro plan la incineración como sistema de tratamiento o valorización de los RSU en Asturias.
Se ha ganado una batalla importantísima, pero no la guerra.
Enhorabuena a todos por la muy buena noticia y enhorabuena a las dos concejalas de IU-Los Verdes por su acierto.
Angel.