FOTO: A.VV. de CandásLos ayuntamientos son los que canalizan las solicitudes de los afectados por las inundaciones. Los beneficiarios de las subvenciones estatales pueden ser familias, comunidades de propietarios o dueños de locales
Los afectados tienen un mes para solicitar y la Administración seis meses para resolver.
Tal como recoge el Real Decreto para las ayudas destinadas a paliar los daños en viviendas, la cuantía está en función del grado de afectación del inmueble, del número de miembros de la unidad familiar y de los ingresos.
En el caso de destrucción total, las ayudas pueden ser de 15.120 euros si no se rebasan unos ingresos máximos de 25.328 a 39.801 euros para familias desde uno o dos miembros a más de cuatro. Si los daños son estructurales hasta el 50% de las pérdidas, con un límite de 10.320 euros y si los desperfectos son menos graves se ayuda con el 50% y hasta 5.160 euros.
Si se han visto afectados enseres domésticos de primera necesidad, quien resida en la vivienda puede recibir hasta 2.580 euros para la reposición.
En las comunidades de vecinos con elementos dañados de uso general, y que tengan póliza de seguro en vigor, se les abonará el 50% de los daños hasta un total de 8.000 euros.
En los negocios afectados por las inundaciones, con 50 empleados o menos y póliza de seguro en vigor, el titular del establecimiento puede obtener también una ayuda máxima de 8.000 euros.
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